jueves, 30 de junio de 2011

Artículo de diario "Jornada" 30/06/2011- Lotes: si el vecino no lo paga en 30 días, lo pierde

Lo establece una ordenanza municipal de Trelew.
La ordenanza fue pensada, según la letra original, “para solucionar en gran medida la demanda habitacional de aquellos vecinos interesados en construir su vivienda unifamiliar”. Nació del Ejecutivo municipal para ponerle punto final a la ocupación ilegal de tierras. El proyecto fue consensuado en varias reuniones entre los funcionarios municipales y las personas que durante semanas se afincaron en la zona norte de Trelew; y a las que, en su gran mayoría, ya se les otorgaron terrenos sociales.

La iniciativa está compactada en 19 artículos. Entró al Concejo Deliberante la semana que pasó. Incluso, enterados de su existencia, familias de los asentamientos de la zona norte de la ciudad pidieron audiencia con los ediles, aunque no tuvieron respuestas. El proyecto autoriza en el primero de sus apartados al municipio a vender lotes y que “posean factibilidad de provisión de los servicios de agua, gas, cloacas, alumbrado público y cordón cuneta”.

Después se exponen una serie de requisitos. Ya en el artículo 9, bajo el concepto de “incumplimientos”, el proyecto instituye: “Se considera incumplimiento un atraso mayor a 30 días en cualquiera de los pagos contenidos”. Y describe: “En caso de incumplimiento, (dentro del mes), la adjudicación queda sin efecto reintegrándose al adjudicatario el 90 por ciento de los montos efectivamente desembolsados”.

Y “en caso de atraso en los pagos que no signifique incumplimiento, el adjudicatario deberá abonar una suma adicional en concepto de intereses por mora los días”. Otro problema: si se incumple el pago de “retroventa, la adjudicación quedará sin efecto, reintegrándose al beneficiario hasta el 90 por ciento de los montos efectivamente desembolsados exclusivamente por la compra del terreno”.

El artículo 11 señala que “la notificación de la adjudicación implicará la citación a los adjudicatarios para presentarse en un plazo de 10 días hábiles desde que la adjudicación hubiera quedado firme, a la firma del correspondiente boleto de compraventa. Vencido el plazo sin que el adjudicatario diera cumplimiento a la obligación precedente, facultará a la Municipalidad a caducar la adjudicación y adjudicarlo de inmediato al oferente que siga en orden o en su defecto proceder a un nuevo llamado a ofrecimiento público (…)”. El mismo apartado expresa que: “(…) la resolución automática del contrato se producirá en todos los casos cuando se hubiera verificado el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por el adjudicatario, sin necesidad de interpelación previa y con la simple comunicación al incumplidor de la voluntad rescisoria de la Municipalidad (…)”.

En el artículo 13 el proyecto explica que “la construcción de la vivienda única familiar en el lote adjudicado deberá iniciarse dentro del término de un año a partir de la toma de posesión, plazo que se podrá prorrogar por un año más por causas fundadas”. Apartado posterior, “el título de propiedad de los lotes tendrá condicionamientos: Plazo máximo de 4 años para la construcción de las viviendas. El plazo se podrá prorrogar 2 años a solicitud del adjudicatario, pero cuando la obra física avance un 70 por ciento”. Además “por 10 años no podrán venderse ni alquilarse” los lotes.

En su articulado 6 la iniciativa establece que “se fijan como precios base para cada uno de los lotes que componen el ofrecimiento, el 70 por ciento del valor del mercado. El precio de la adjudicación deberá ser abonado: un 10 por ciento al contado y en efectivo dentro de los 5 días de notificada la adjudicación mediante depósito en la cuenta del Banco del Chubut, ó la suma correspondiente al total de los servicios a incorporar al loteo que será determinado por la autoridad de aplicación (la Coordinación General de Planificación y Desarrollo) en 12 cuotas mensuales, fijas y consecutivas. Y el saldo en hasta 48 cuotas mensuales, iguales y consecutivas”.

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