lunes, 26 de septiembre de 2011

Articulo de diario "Jornada" 25/09/2011- Impulsan la creación de un programa Impulsan la creación de un programa de prevención de la trata de personas


Una propuesta trabajada por un equipo interdisciplinario municipal.
Marita Verón, uno de los casos más emblemáticos de nuestro país.
En forma silenciosa pero de manera paulatina se ha desarrollado en Puerto Madryn un trabajo interdisciplinario que permitió dar luz al programa municipal que busca prevenir y abordar la trata de personas, la explotación sexual infantil, y la protección y asistencia de las víctimas. El proyecto, que durante la semana fue remitido al Departamento Ejecutivo para su análisis, contempla que su ejecución estará a cargo de una mesa interinstitucional conformada por organismos competentes en el tema y coordinada por miembros del staff municipal.

Esta problemática viene siendo trabajada hace años por los ediles madrynenses, impulsada por el concejal (MC) Mauricio Minor, y que en las últimas semanas emergió con vehemencia con la finalidad de poder disponer de herramientas concretas para abordar una problemática compleja y que afecta a la comunidad en general.

Estrategias conjuntas

El programa para prevenir y abordar la trata de personas, la explotación sexual infantil, y la protección y asistencia de las víctimas fijó como objetivos prioritarios la participación en el diseño de políticas municipales para asegurar la protección y la asistencia de las víctimas de la trata de personas, de la explotación sexual infantil. Junto a ello, se propiciará aumentar la capacidad comunitaria tendiente a detectar y desarticular las redes de trata y explotación sexual. Asimismo, se apuntará a desalentar la participación, calificada por los impulsores del proyecto como necesariamente cómplice, del “cliente prostituyente“.

Dentro de los aspectos centrales del programa, ahora bajo análisis de las autoridades municipales portuarias, se tiene proyectada la consolidación de una base para la red interinstitucional vigente en articulación con el CONAF (Consejo de la Niñez, Adolescencia y Familia) y el programa de seguridad participativa. Otras de las líneas de acción apuntadas están ligadas al fortalecimiento de los servicios locales de Protección de Derechos, contemplados en la Ley Nº 4347, y servicios oficiales y de la sociedad civil que trabajan en esta temática.

Uno de los aspectos evaluados por los profesionales que integraron el equipo multidisciplinario, que elaboró el proyecto, fue desarrollar estrategias que permitan prevenir e impedir cualquier forma de revictimización, atendiendo la ejecución de los protocolos de trabajo y asistencia de trata y de explotación sexual infantil.

Prevención e identificación

Junto al trabajo preventivo el programa deja constancia de la necesidad de trabajar en la organización y el desarrollo de actividades de capacitación. Estas medidas tenderán a favorecer la identificación de las posibles víctimas y, además, conocer las formas en que opera el crimen organizado nacional y trasnacional relacionado con la trata y explotación sexual infantil.

Dentro de las acciones de bases que las instituciones vinculadas al programa deberán desarrollar, está la realización de actividades de estudio, investigación y divulgación entre organismos e instituciones estatales y organizaciones no gubernamentales vinculadas a los derechos de las/os niñas, niños, adolescentes y mujeres.

Las acciones de prevención y detección de casos de trata de personas deberán ir acompañadas, según reza en el proyecto elaborado, con la conformación de una mesa interinstitucional que deberá tener representantes de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial. A ellos, deberán incorporarse organismos especializados y competentes que trabajen en el fuero local. Esta sumatoria de actores sentará las bases para desplegar una red interdisciplinaria y multisectorial, que involucre a los diferentes niveles gubernamentales, y la participación comunitaria.

Uno de los puntos donde se focalizarán las medidas y un trabajo dirigido a la toma de conciencia será el denominado “cliente prostituyente”, como elemento central en la generación y sostenimiento de las actividades de trata y explotación sexual

Acuerdos de cooperación

Junto a las medidas de prevención y protección que se propicia en el texto del programa, los actores consideran necesario poder desarrollar mecanismos que permitan unas interrelaciones de fuerzas entre todos los organismos del Estado. Para ello se apuntará a la suscripción de convenios con la provincia, con la nación y otros municipios, así como con organismos públicos o privados, personas física y jurídica para la adopción de medidas destinadas a monitorear, prevenir, erradicar la trata de personas y la explotación sexual infantil. Además se cooperará con las áreas de migraciones y las fuerzas de seguridad e instituciones policiales, que tienen responsabilidades específicas en el tema.

Una de las acciones con un valor específico y muy amplio apunta a arbitrar los medios que converjan en la habilitación de un registro municipal de datos y de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales cuyo objeto se relacionen con la trata y tráfico de personas y la explotación sexual infantil. En concordancia con dicho registro estará la puesta en marcha de una línea telefónica gratuita destinada a la recepción de denuncias y consulta de inquietudes. Por último, deberá trabajarse en el diseño de un plan de acción, articulado con las políticas de los niveles provincial y nacional.

La trata de personas es un delito que viola la casi totalidad de los 30 artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, considerando que el sometimiento al estado de esclavitud que importa, hace añicos el comportamiento fraternal de unos con los otros…. La trata humana es el más inhumano de los tratos. El Protocolo de Palermo, elaborado por las Naciones Unidas, incurre en el delito de Trata de Personas quien capte, traslade, reciba o acoja a una persona con fines de explotación, este delito implica la violación de los derechos humanos, principalmente de mujeres y niñas. Además, la ley considera que existe explotación cuando se redujere o mantuviere a una persona en condición de esclavitud, se obligue a realizar trabajos forzados; se promueva cualquier forma de comercio sexual o se practique extracción ilícita de órganos.

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