miércoles, 30 de noviembre de 2011

El Gobernador vetó totalmente la reforma a la ley de jubilaciones.- Articulo de diario "El Chubut" 30/11/2011

A TRAVES DE UN DECRETO QUE FUE REMITIDO AYER A LA LEGISLATURA / Tal como lo había anticipado, el gobernador Mario Das Neves firmó ayer el decreto Nº 2046 mediante el cual vetó totalmente la reforma a la ley provincial de jubilaciones que fuera aprobada días pasados por la Legislatura.

El artículo 1º del instrumento legal, enviado ayer mismo a la Cámara de Diputados, expresa: «Vétase totalmente el proyecto de ley sancionado por la Honorable Legislatura Provincial con fecha 17 de noviembre de 2011, comunicado al Poder Ejecutivo mediante nota Nº 084/11 el día 18 de noviembre de 2011», en tanto que en los considerando se fundamenta la decisión del veto.
En ese sentido se indica que «es política de este Poder Ejecutivo velar por el pleno funcionamiento del Sistema Republicano de Gobierno establecido en el artículo 1º de las Constituciones Nacional y Provincial, y en tal sentido, proveer a la actuación independiente, pero coordinada, de los Poderes del Estado cuando expresan la voluntad pública», y agrega que «en dicho marco institucional, el Poder Legislativo ha sancionado una ley mediante la cual se sustituye el inciso 1º del artículo 80º de la Ley XVIII Nº 32».
Además señala que «tal disposición, regula el modo de determinación del haber inicial de las prestaciones provisionales para el personal de la Administración Pública Provincial» y que «desde la Asesoría General de Gobierno se ha requerido información y opinión al organismo competente, respecto de las implicancias de la modificación propiciada».
DIFICULTADES
En ese sentido se señala que «el Instituto de Seguridad Social y Seguros ha emitido su posición indicando una serie de dificultades operatorias y la vulneración de principios propios de la materia previsional.
Concretamente ha manifestado la imposibilidad de determinar la forma de selección de las mejores remuneraciones, la ausencia de precisión sobre si la comparación para conocer los 10 mejores años debe hacerse nominalmente o a valores actualizados, y en tal caso cuál sería el método de actualización; la dificultad a los fines de determinar la categoría de movilidad; los múltiples inconvenientes y perjuicios que puede traer aparejada la aplicación de la ley sancionada a la sustentabilidad del sistema previsional provincial; y por último y principal fundamento por el cual se propicia el veto, la vulneración del principio de sustitutividad y razonable proporcionalidad entre el haber del activo y del pasivo».
Además, en los considerandos del decreto se recuerda que «desde el año 2003, este Gobierno tuvo en vista la ejecución de medidas conducentes a la tutela y resguardo efectivo de la Caja Previsional Provincial, que aseguren la sustentabilidad del sistema» y es en ese sentido que concluye remarcando que «por ello y en la misma tesitura, en el ejercicio de la potestad otorgada por el Artículo 142º de la Constitución Provincial, este Poder Ejecutivo considera necesario vetar totalmente el Proyecto de Ley sancionado».
Cabe recordar que la norma que había sido sancionada por la Legislatura del Chubut días atrás, establecía que se tomen para la jubilación los diez mejores años de aportes de los trabajadores del Estado provincial, en lugar del promedio salarial del último decenio.

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