lunes, 21 de noviembre de 2011

Legislatura modificó la ley de jubilaciones para que se promedien los 10 mejores años.- Articulo de diario "El Chubut" 18/11/2011

TOURIÑAN Y MONTOYA NO VOTARON PORQUE EL FUTURO GOBERNADOR NO COMPARTE LA MEDIDA / En lo que podría convertirse en otra polémica ley como la normalización de los entes autárquicos, que terminó siendo vetada por el rechazo que generó en la fórmula electa, ayer la Legislatura votó por amplísima mayoría de casi todos los bloques una ley que modifica la manera en que se calcula la liquidación de las jubilaciones en los empleados públicos, ya que ahora se promediarán las remuneraciones percibidas de los mejores 10 años, y no de los últimos 10 años, como era antes.

De este modo, se busca beneficiar a aquellos agentes que por ejemplo, en algún momento ocuparon cargos políticos o de jerarquía con sueldos importantes, y que ahora están en condiciones de jubilarse y no lo hacen porque no los favorece el monto final a percibir. Se trata de la ley XVIII - Nº 32 (antes 3923) que por supuesto, requerirá más fondos de la caja de jubilaciones, y que no fue consensuada con el próximo gobierno, razón por la cual diputados del FPV y futuros funcionarios como Javier Touriñán y Miguel Montoya, se levantaron del recinto para no votarla.
Quien fundamentó la iniciativa fue el presidente del bloque del Provech, Néstor García, quien señaló que esta modificación «pone un manto de justicia para aquellos empleados de la administración central que a lo largo de su carrera administrativa han ocupado distintos cargos de jerarquía», por lo que se consensuó con los distintos bloques porque «creemos que realmente jerarquiza al trabajador público».
DISCAPACIDAD
Esta misma ley XVIII - Nº 32 (antes 3923) también fue modificada ayer en la sesión pero en otro apartado, referido a la injusticia de que antes, para que un trabajador público con hijo con discapacidad pueda acceder a la jubilación, después de alcanzar un cómputo de 25 años, tiene que estar solo.  La modificación, alcanza al inciso 2.1 del artículo 61 bis, y establece los siguientes requisitos.
Tendrán derecho a tal beneficio, los trabajadores afiliados al Instituto de Seguridad Social y Seguros que acrediten:  a) tener hijo con discapacidad que requiera, debida a ella, asistencia continua con un lapso no inferior a seis meses de otra persona para realizar los actos elementales de la vida;  b) que el hijo con discapacidad no esté institucionalizado o que esté institucionalizado en otra provincia y se acredite con constancias documentales la necesidad de terapias o prácticas que requieran la intervención del trabajador afiliado en forma constante y periódica; c) que compute 25 años de aportes en el Instituto de Seguridad Social y Seguros.
Se aclara ahora que para el caso de ser tanto el padre como la madre trabajadores afiliados al Instituto de Seguridad Social y Seguros, sólo podrá optar uno de ellos por esta modalidad de jubilación”.  El impulsor de la ley, Carlos Lorenzo (UCR) señaló que lo que estaba vigente acerca de que “únicamente aquel padre o madre solos, con más de 25 años de servicios y con un hijo con discapacidad, se puede jubilar para hacerse cargo de su cuidado, discrimina al matrimonio con un hijo con discapacidad porque el nuevo paradigma tiende a defender que la contención de la persona con discapacidad sea en el seno de la familia y no de manera institucionalizada.  «El nuevo paradigma establece que debe estar contenida en el seno familiar pero surge que en un matrimonio legalmente constituido uno de ellos no podría jubilarse porque la ley no se lo permite», expresó más adelante.
INFORMES POR INGENTIS
Luego en la Hora de Preferencia, el presidente del bloque radical, Roberto Risso, apuntó contra el proyecto Ingentis, en el que dijo, entre 2007 y 2008 «el Estado puso casi 119 millones en Ingentis» y agregó que «se calcula la inversión en 300 millones». Luego mencionó la información que da cuenta que la firma Pampa Energía se retiró del proyecto «y se llevó las famosas turbinas, el único activo es la tranquera de Dolavon, por lo que el proyecto se ha vaciado, es gravísimo, tiene todos los colores de la defraudación al Estado», indicó.  Por ello, se aprobó con los votos de la minoría el pedido de informe al ministro coordinador, Pablo Korn, para que informe si la sociedad del Gobierno con Pampa Energía ha sido disuelta, las condiciones legales del emprendimiento, el detalle del patrimonio actual y las copias de las actas de directorio.

No hay comentarios:

Publicar un comentario