miércoles, 23 de noviembre de 2011

Solicitarán hoy la elevación a juicio oral de los casos Antillanca y Aballay.- Articulo de diario "El Diario de Madryn" 22/11/2011

POLICÍAS DE TRELEW ESTÁN ACUSADOS DE LOS DELITOS QUE SE IMPUTAN 

Se realizará hoy la Audiencia Preliminar, donde el Ministerio Público Fiscal pedirá la elevación a Juicio Oral y Público de la causa caratulada "Aballay, Sergio Denis y otro s/denuncia de privación ilegítima de la Libertad, Apremios ilegales, vejaciones- Trelew", a la cuál se acumula el caso nro. 27022 de 2010: "Antillanca, Gonzalo Julián s/homicidio agravado - r/víctima - Trelew".
Desde las 9 en la sala de la Cámara Penal, sexto piso de Tribunales de Trelew, los Fiscales Generales, Mirta Moreno y César Zaratiegui, representarán al Ministerio Público, teniendo a su cargo la acusación respectiva, que fuera presentada por el mes de julio ante la Oficina Judicial. Actuará como juez, quien ha venido cumpliendo esa función durante el proceso, el doctor José Alberto García.
Los acusados, cuatro de ellos detenidos por la muerte del joven Antillanca, contarán con la defensa de Fabián Gabalachis y Gustavo Latorre. En tanto, como querellante también participará un representante del Ministerio Público de la Defensa, haciendo las veces de acusador.

Los imputados

En la primera de las mencionadas, que lleva el nro. 27091, se encuentran imputados los empleados policiales: Martín Paul Alberto Solís, por la comisión de los delitos de vejaciones y apremios ilegales en concurso real, dos hechos (art. 144 bis inciso 2, 45 y 55 del Código Penal; Laura Córdoba, por vejaciones en concurso real con omisión de comunicar una detención ilegal (arts. 144 bis inciso 2, 143 inc. 6to., 45 y 55 del Código Penal); Diego Rey, privación ilegítima de la libertad agravada un hecho, apremios ilegales dos hechos, vejaciones dos hechos, omisión de comunicar detención, abuso de armas, falsedad ideológica, en carácter de autor, todo ello en concurso real (art. 144 bis inciso 1 y 2, en relación art. 142 inciso 1, 141, 143 inciso 6, 104, 293, 298, 296, 45, 55 del Código Penal); Jorge Abraham, privación ilegítima de la libertad agravada un hecho, apremios ilegales dos hechos, vejaciones dos hechos todo ello en concurso real; Analía Di Gregorio y Mario Alberto Bascuñán, ambos por encubrimiento agravado (del delito de privación ilegítima de la libertad) en concurso real con la omisión de comunicar la detención ilegal (art. 143 inciso 6to. art. 277 inciso 1ro b) y d), 3ro. d) y art. 45 y 55 del Código Penal); Valeria Zabala, por encubrimiento agravado (del delito de abuso de armas) en concurso real con falsedad ideológica (art. 277 incs. 1ro. b) y 2do. d), art. 293, 298, 45 y 55 del Código Penal) y Carlos Omar Sandoval, encubrimiento agravado (de los delitos de privación ilegítima de la libertad, apremios ilegales, vejaciones, falsedad ideológica, abuso de armas), omisión o retardo de actos de oficio, incumplimiento de los deberes de funcionario público, falsedad ideológica (art. 277, incs. 1ro. a), b y d, 3ro. a) y d), 249, 293, 298, 45 y 55 del Código Penal).

Hechos

El texto se explaya sobre los hechos que habrían ocurrido en la madrugada del 5 de septiembre de 2010, entre las 4 y 4,30 horas, comenzando los mismos a la salida del boliche bailable "Místico", ubicado a la salida de Trelew, frente a la rotonda 5 de octubre. Se van relatando los acontecimientos, que incluye el altercado en ese lugar, donde los integrantes de la fuerza policial ejercen la violencia contra un grupo de jóvenes, entre quienes se encontraban los hermanos Sergio y Denis Aballay.
El primero de los nombrados es trasladado luego a la seccional cuarta de policía, ocultándose tal situación, inclusive ante llamados del propio padre del detenido, quien en averiguaciones de su paradero habría llamado a dicha dependencia, recibiendo como respuesta la negativa sobre su presencia en el lugar.

Testigos

En la presentación, el Ministerio Público Fiscal convoca cerca de sesenta testigos, entre integrantes de fuerzas de seguridad, civiles y peritos, indicándose que el Tribunal competente para entender en el Juicio Oral corresponde sea colegiado, de acuerdo al artículo 71 inc. B ll del Código Procesal Penal. En cuanto a las pretensiones punitivas, las mismas se encuadran en solicitudes de penas que van desde los ocho a los cuatro años de prisión de efectivo cumplimiento, de acuerdo al tenor de los delitos, pidiéndose en algunos casos la inhabilitación para el cumplimiento de funciones que estaría en el orden del doble de tiempo de la pena.

Homicidio de Antillanca

En lo que respecta a la causa donde se investiga la muerte del joven Julián Antillanca, el escrito de la Fiscalía señala como autores de homicidio calificado, artículo 80 inciso 9 del Código Penal a Martín Solís, Laura Córdoba, Jorge Abraham y Pablo Morales. En tanto a Carlos Omar Sandoval y a Gabriela Bidera, se les endilga la comisión del delito de encubrimiento agravado del delito de homicidio calificado, art. 277 incs. 1ro a), b y d, 3ro. a y d) y 45 del Código Penal.

La misma madrugada

El hecho detallado es el que ya fuera ventilado en las audiencias de control y revisión respectivas, que dan cuenta de la muerte de Julián Antillanca, la que habría sucedido a partir de la violencia ejercida por un grupo de policías en la zona de boliches, inmediaciones de la rotonda 5 de octubre, el mismo día suceso anterior, 5 de septiembre de 2010,  cerca de las 6,20 de la madrugada. La víctima habría sido objeto de una brutal golpiza en distintas partes del cuerpo, rostro, cabeza, tórax y extremidades, mediante trompadas, patadas y con el uso de elementos contundentes, algunos de cuyos rastros quedaron registrados en las prendas de vestir de Julián.
El joven murió como consecuencia de las lesiones y posteriormente trasladado en un patrullero para ser depositado en una de las calles del barrio UPCN, donde habría sido observado por testigos, que mediante rueda de reconocimiento y declaraciones efectuadas ayudaron a reconstruir lo sucedido. Por otro lado, se suman varios testimonios que vieron a la víctima esa noche y las pericias realizadas sobre las ropas y el propio móvil policial que habría sido el utilizado para su traslado.

Convocados

Aproximadamente son ochenta los testigos entre civiles, integrantes de fuerzas de seguridad y peritos, que estarían convocados para este Juicio, en caso de confirmarse el mismo, aunque muchos de ellos se reiteran con los correspondientes a la causa de apremios ilegales, estimándose que en caso de concretarse la lógica acumulación el número de convocados rondaría los sesenta.
Cabe destacar que entre los llamados a deponer al Juicio Oral y Público se encuentran el Jefe de la Policíade la Provincia de Chubut, Comisario General José Guillermo Castaño, así como el Comisario Inspector Claudio Madeira, titular de la Unidad Regional de Trelew y el segundo Jefe de la misma, Comisario Luis Absalón Cruz, entre otros.

Detenidos

Mientras se llegue a esta instancia, el Ministerio Público Fiscal impulsa la mantención de la medida de coerción que rige actualmente para Solís, Abraham, Córdoba y Morales, encontrando sustento legal  para tal petición en la probabilidad de autoría y participación en el hecho que se les imputa, conforme la prueba reunida.
Tiene en cuenta también los peligros procesales de fuga y entorpecimiento, que fundamentaron el pedido de detención, reunidos a partir de lo establecido por los artículos 221 y 222 del Código Procesal Penal. La pena expectable para el delito, no permite, en caso de recaer condena, la condicionalidad de la misma. El daño ocasionado no resulta mensurable, toda vez que se ha truncado violentamente la vida de un joven de corta edad.

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